¿A qué sectores y de qué forma afectan estas nuevas medidas restrictivas?
COMERCIO
Las empresas no pueden ofrecer servicios que impliquen un contacto físico, excepto que se trate de un servicio de primera necesidad, sanitario y socio-sanitario.
Establecimientos, comercios minoristas, centros comerciales y mercados no sedentarios deben reducir el aforo en un 30% y garantizar la distancia mínima de clientes de 1-5 metros. Las prestación de servicios debe producirse sin contacto físico.
En excepción de los establecimientos de alimentación, de bebidas, de productos higiénicos, otros productos de primera necesidad, farmacias, ortopedias, ópticas y centros de veterinaria, que deben reducir el aforo en un 50%.
Deben suspender su actividad: servicios de estética y belleza (excepto peluquerías).
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
Todos los locales de restauración han de suspender su actividad. Sin embargo, pueden ofrecer servicios de pedidos a domicilio o recogida en el establecimiento con cita previa.
En excepción de los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden continuar con las puertas abiertas siempre que sea para uso exclusivo de los clientes alojados. Las zonas comunes de los hoteles se limitan a un 50% de su aforo.
ACTIVIDADES CULTURALES Y RECREATIVAS
Deben cerrar bingos, casinos, salas de juego, espacios infantiles lúdicos interiores y fiestas de adultos.
En excepción las actividades culturales (cines, teatros, etc.), las cuales han de limitar un 50% del aforo, ofrecer al público asientos preasignados y cerrar a las 23h.
ÁMBITO LABORAL / EMPRESARIAL
Siempre que sea posible se deberá priorizar el teletrabajo. En caso contrario, hay que cumplir las siguientes medidas: garantizar distancia mínima de seguridad (1,5 metros), desinfección y limpieza, ventilación de los espacios antes y después de la jornada laboral, uso de gel hidroalcohólico, etc.
Quedan suspendidos congresos, convenciones y ferias comerciales.
GIMNASIOS Y CENTROS DEPORTIVOS
Deben reducir el aforo al 50%, y quedan cerrados los espacios deportivos no supervisados.
ACTIVIDADES DOCENTES (Universidades y escuelas)
La docencia teórica en las universidades pasa a formato virtual. Quedan abiertos los colegios, institutos, actividades extraescolares y deportivas.
ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO SOCIAL
Las reuniones de más de 6 personas quedan totalmente prohibidas tanto en el ámbito público como privado.
Se permiten actividades sociales dentro de "las burbujas de convivencia" (grupo de personas que conviven bajo el mismo techo) y "burbujas ampliadas" (personas de la "burbuja de convivencia" más otras personas habituales -relaciones familiares, laborales, recreatives-). Hay que evitar los desplazamientos no esenciales.
ACTOS RELIGIOSOS Y CEREMONIAS CIVILES
Deben limitar la asistencia al 50% del aforo.
Muchos ánimos a todos los sectores afectados, y también a todos los que, directa o indirectamente esta situación les está afectando. No dudéis en contactarnos para resolver cualquier duda que tengáis aquí.
¡Vamos a salir de esta!